Tras la última aprobación de los nuevos puntos sobre la Nueva Ley de Autónomos 2017 sois muchos los que nos preguntáis sobre las novedades que trae consigo por lo que en el post de hoy os lo contamos todo.
Las nuevas medidas aprobadas tienen el objetivo de mejorar la protección social, eliminar trabas a todos los que desarrollan esta actividad, mejoras en su conciliación laboral y familiar, reducir sanciones, fomentar el emprendimiento y dar seguridad en aspectos fiscales y que tanto tiempo se llevaban reclamando en el sector.
La primera novedad y la más importante es la ampliación de la tarifa plana de 50 euros hasta el año en lugar de los 6 primeros meses. Esta medida sin duda flexibiliza las condiciones para darse de alta como autónomo y reduce el plazo sin cotizar de 5 años a 2. También será posible optar de nuevo a la tarifa plana dos años después de haber finalizado la actividad empresarial.
En el ámbito de la conciliación laboral y familiar encontramos también mejoras como las siguientes:
- Tarifa plana de 50 euros de cuota a todas aquellas mujeres que se reincorporen a su actividad después de una baja por maternidad. Será válido durante un año tras su incorporación después de dos años de cese.
- Exención del 100% de la cuota en el caso de autónomos que tengan a su cargo cuidado de menores o dependientes. La edad del menor da derecho a bonificaciones va desde los 7 a los 12 años.
- No existirán limitaciones en el número de contrataciones familiares incluso se contempla la bonificación total de las cotizaciones a la Seguridad Social por cada contrato indefinido a un familiar siempre que el año anterior no haya habido ningún despido improcedente.
- Compatibilización al 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión del autónomo.
- Mejora de las condiciones de todos los emprendedores con discapacidad.
- Acceso a formación adaptada para mejorar su competitividad y actividad.
- Permiso para la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.
Se ha reconocido el accidente in-itenere, es decir, en el desplazamiento de ida y vuelta al lugar de trabajo y el acceso a programas de formación en prevención de riesgos laborales.
Si nos centramos en la propia actividad ahora se podrá cambiar hasta 4 veces en un mismo año la base de cotización en función de intereses e ingresos, se reducen los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social del 20% al 10%, se desvincula la cuota de los autónomos societarios del Salario Mínimo Interprofesional, se permiten un máximo de 3 altas y bajas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y se devuelve el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad.
En el sector fiscal encontramos algunas novedades importantes también como deducciones por la manutención cuando afecta a la actividad con un límite de 27,27 euros al día y 48 euros en el caso de que se esté ejerciendo la actividad en el extranjero. Dichos gastos serán de un 30% en el caso de suministros si se trabaja desde casa.
Por otro lado, las organizaciones de autónomos más importantes y representativas serán consideradas de “utilidad pública” y contarán con un año de plazo para entre en el Consejo Económico y social para la constitución del Conejo de Trabajo Autónomo.
Como vemos, los beneficios y mejoras han sido bastantes y la mayoría de los autónomos se verán beneficiados por lo que si tienes alguna gestión o consulta, no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo de profesionales de Iberbarter.